Los estados de cuenta bancarios de contribuyentes, obtenidos por la autoridad fiscal a través de una visita domiciliaria y de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, pueden ser incorporados a una querella por defraudación fiscal sin necesidad de control judicial previo.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público está facultada para presentar como sustento de una querella por defraudación fiscal los estados de cuenta bancarios de contribuyentes. Estos documentos, obtenidos mediante visita domiciliaria y a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, pueden ser utilizados sin requerir control judicial previo por el Ministerio Público, siempre que se cumplan los requisitos constitucionales para el ejercicio de dichas facultades.
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