El monto de la garantía para gozar de una medida cautelar resulta excesivo cuando no existen elementos que justifiquen su exhibición respecto de los actos reclamados.
Se declara fundado el recurso de queja interpuesto por la quejosa contra el proveído que fijó la garantía para una medida cautelar. El tribunal determinó que el monto de la garantía resulta excesivo, ya que, en ese momento procesal, no existían elementos que justificaran la exhibición de dicha cantidad en relación con los actos reclamados.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.