El principio pro persona debe aplicarse para interpretar los derechos de las personas morales que sean necesarios para la consecución de sus fines u objeto social.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la aplicación del principio pro persona a las personas morales. Si bien se reconoce que no son titulares de todos los derechos humanos, se sostiene que dicho principio debe operar para garantizar los derechos necesarios para que las personas morales cumplan con sus objetivos sociales. Esto implica una interpretación de los derechos que les sean aplicables y que permitan su funcionamiento y desarrollo.
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