La cuantificación de la indemnización por daño moral y lucro cesante debe considerar la situación económica de la víctima antes del siniestro, a fin de garantizar una reparación integral del daño.
El presente recurso de revisión excepcional se interpuso contra una sentencia de amparo directo. El recurrente, tercero interesado en el amparo y actor en el juicio de origen, argumentó la transgresión de derechos humanos al considerar su situación económica para cuantificar la indemnización por daño moral y lucro cesante. La Suprema Corte determinó que dicha consideración es necesaria para asegurar una indemnización justa e integral, conforme a los precedentes emitidos.
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