La aplicación de la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación constituye una cuestión de mera legalidad, incluso cuando se refiera a la inconstitucionalidad de leyes o a la interpretación directa de preceptos constitucionales, por lo que no actualiza el requisito de interés excepcional para la procedencia del amparo directo en revisión.
El presente recurso de revisión en amparo directo no es procedente porque el Tribunal Colegiado resolvió la ilegalidad de la detención basándose en la doctrina establecida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin realizar un ejercicio distinto al ya determinado por este Alto Tribunal. La aplicación de la jurisprudencia de la Suprema Corte, incluso sobre inconstitucionalidad de leyes o interpretación directa de preceptos constitucionales, se considera una cuestión de mera legalidad y no actualiza el interés excepcional requerido para la procedencia del amparo directo en revisión.
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