El recurso de revisión fiscal es improcedente cuando se decreta la nulidad de la resolución impugnada por vicios formales, como la caducidad.
El presente asunto versa sobre la improcedencia del recurso de revisión fiscal. El tribunal determinó que dicho recurso no es procedente cuando la resolución que se impugna es declarada nula por vicios de forma, específicamente por caducidad. La improcedencia se fundamenta en la naturaleza del recurso y en la finalidad de la nulidad declarada, la cual extingue el acto administrativo original.
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