La concesión unilateral de pensiones por parte del Poder Legislativo con cargo al presupuesto del Poder Judicial de una entidad federativa transgrede el principio de división de poderes y la autonomía de gestión presupuestal de este último.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Poder Judicial del Estado de Morelos contra el Decreto 1238 del Congreso local, que otorgaba una pensión por cesantía a una trabajadora con cargo al presupuesto del Poder Judicial. La Corte determinó que dicha acción legislativa constituye una intromisión indebida y una subordinación del Poder Judicial, violando su autonomía de gestión presupuestal y el principio de división de poderes. Por ello, se declaró la invalidez parcial del decreto en la porción que obligaba al Poder Judicial a cubrir la pensión, estableciendo que el Congreso debe asumir directamente el costo o transferir los recursos necesarios.
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