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1444/2013 (CUADERNO AUXILIAR 254/2014) DEL ÍNDICE DEL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO, CON APOYO DEL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIConcedeTCCConcede parcial10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

El estudio de las violaciones procesales en el juicio de amparo debe subordinarse al análisis de fondo cuando este último beneficie en mayor medida al quejoso, aun en casos de suplencia de la queja deficiente.

Expediente
1444/2013 (CUADERNO AUXILIAR 254/2014) DEL ÍNDICE DEL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO, CON APOYO DEL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CI
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
23 jun 2014
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El estudio de las violaciones procesales en el juicio de amparo debe subordinarse al análisis de fondo cuando este último beneficie en mayor medida al quejoso, aun en casos de suplencia de la queja deficiente.

Resumen

El Tribunal Colegiado determinó que, si bien existió una violación procesal al omitirse el periodo de alegatos en el juicio laboral, el estudio de fondo del laudo reclamado era más benéfico para el quejoso. Se concedió el amparo para que se otorgue la pensión de vejez a partir de la fecha en que el actor cumplió los requisitos legales, y no desde la presentación de la demanda. Se enfatizó que la aplicación de jurisprudencia posterior a la emisión del laudo no procede si perjudica a las partes, protegiendo así la seguridad jurídica y la expeditez en la impartición de justicia.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.