La orden de visita domiciliaria, por ser un acto de autoridad que puede infringir derechos fundamentales, es impugnable en amparo indirecto de manera inmediata a su dictado o posteriormente, hasta que cese la violación al derecho de inviolabilidad del domicilio.
El juicio de amparo indirecto es procedente contra la orden de visita domiciliaria, ya que este acto de autoridad puede infringir derechos fundamentales del visitado. La Suprema Corte de Justicia de la Nación reiteró que dicha orden puede ser impugnada de manera inmediata a su dictado o posteriormente, siempre que no se hayan consumado irreparablemenete sus efectos. Se enfatiza que la orden debe cumplir con los requisitos constitucionales y legales para salvaguardar el derecho a la inviolabilidad del domicilio y la privacidad.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.