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82/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La competencia para conocer de un juicio de amparo en el que se reclaman actos que se materializan en diversos lugares del país, se surte a favor del Juez de Distrito ante el cual se presentó la demanda.

Expediente
82/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
6 ago 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La competencia para conocer de un juicio de amparo en el que se reclaman actos que se materializan en diversos lugares del país, se surte a favor del Juez de Distrito ante el cual se presentó la demanda.

Resumen

El presente asunto versa sobre la competencia para conocer de un juicio de amparo. El Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil de Décimo Primer Circuito determinó que cuando los actos reclamados se materializan en diversos lugares del país, la competencia se surte a favor del Juez de Distrito ante el cual se presentó la demanda, aplicando la regla especial del segundo párrafo del artículo 37 de la Ley de Amparo. Adicionalmente, se menciona una reforma a la CPEUM que eliminó el INAI y transfirió sus facultades.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.