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76/2022TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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Tribunal Colegiado de Apelación del Quinto Circuito, con residencia en Hermosillo· tema sin holding extraído

Se confirma sentencia condenatoria por los delitos de defraudación fiscal, previsto en el artículo 108, párrafo primero, y sancionado en el párrafo cuarto, fracción III del Código Fiscal de la Federación, por lo que hace al impuesto al valor agregado, y defraudación fiscal equiparada, previsto en la fracción V del precepto 109 del citado código tributario, sancionado en el artículo 108, fracción III, respecto al impuesto sobre la renta, cometidos en términos del artículo 95, fracción II de la propia norma fiscal.

Expediente
76/2022
Tribunal
Tribunal Colegiado de Apelación del Quinto Circuito, con residencia en Hermosillo
Ponente
Pedro Bonillas Murrieta
Fecha
10 mar 2021
Materia
sin clasificar
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Se confirma sentencia condenatoria por los delitos de defraudación fiscal, previsto en el artículo 108, párrafo primero, y sancionado en el párrafo cuarto, fracción III del Código Fiscal de la Federación, por lo que hace al impuesto al valor agregado, y defraudación fiscal equiparada, previsto en la fracción V del precepto 109 del citado código tributario, sancionado en el artículo 108, fracción III, respecto al impuesto sobre la renta, cometidos en términos del artículo 95, fracción II de la propia norma fiscal.

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