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130/2019ConcedeSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoce la validez del artículo 113 Bis, párrafo primero, del Código Fiscal de la Federación, al considerar que el tipo penal relativo a la emisión de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados, no viola los principios de presunción de inocencia, ni de legalidad, al no ser una política pública legislativa sobre-inclusiva o vaga.

Expediente
130/2019
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
SIN MINISTRO
Fecha
24 nov 2022
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoce la validez del artículo 113 Bis, párrafo primero, del Código Fiscal de la Federación, al considerar que el tipo penal relativo a la emisión de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados, no viola los principios de presunción de inocencia, ni de legalidad, al no ser una política pública legislativa sobre-inclusiva o vaga.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad del artículo 113 Bis, párrafo primero, del Código Fiscal de la Federación, referente a la emisión de comprobantes fiscales apócrifos. Si bien se argumentó que la norma era vaga, sobre-inclusiva y afectaba la presunción de inocencia, la Corte determinó que el tipo penal no sanciona fases anteriores al daño del bien jurídico tutelado, sino los casos en que se provoque un detrimento a la Hacienda Pública. Por lo tanto, se reconoció la validez del precepto impugnado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.