El Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza carece de competencia para establecer cobros por la expedición de permisos de construcción y remodelación de pozos para la extracción de hidrocarburos, ya que esta materia es de exclusiva competencia federal.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Poder Ejecutivo Federal en contra de los Poderes Legislativo y Ejecutivo del Estado de Coahuila de Zaragoza. El actor impugnó el artículo 20, fracción I, numerales 20 y 21, de la Ley de Ingresos del Municipio de Piedras Negras para el ejercicio fiscal 2024, argumentando que la regulación y el cobro por permisos relacionados con la extracción de hidrocarburos invaden la esfera de competencia exclusiva de la Federación. La Corte determinó que, en efecto, la materia de hidrocarburos es de rectoría y regulación federal, por lo que el legislador local excedió sus facultades al establecer dichos cobros, declarando la invalidez de las disposiciones impugnadas.
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