La inconstitucionalidad del artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil diecinueve, no se acredita al no demostrarse la transgresión a los principios de subordinación jerárquica y reserva de ley en materia tributaria.
El Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito confirmó la sentencia recurrida y sobreseyó en el juicio de amparo indirecto. La resolución aborda la inconstitucionalidad del artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para 2019, determinando que no se vulneran los principios de subordinación jerárquica ni la reserva de ley en materia tributaria, por lo que la justicia de la unión no ampara ni protege contra dicho precepto.
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