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14/2018TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

El procurador fiscal de la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Chiapas carece de legitimación para interponer el recurso de revisión fiscal contra sentencias definitivas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, cuando el juicio versa sobre resoluciones emitidas por autoridades fiscales de una entidad federativa coordinada en ingresos federales y dicha entidad no fue parte en el juicio.

Expediente
14/2018
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
3 dic 2018
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

El procurador fiscal de la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Chiapas carece de legitimación para interponer el recurso de revisión fiscal contra sentencias definitivas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, cuando el juicio versa sobre resoluciones emitidas por autoridades fiscales de una entidad federativa coordinada en ingresos federales y dicha entidad no fue parte en el juicio.

Resumen

El Tribunal Colegiado determinó que el procurador fiscal del Estado de Chiapas carece de legitimación para interponer un recurso de revisión fiscal. Esto se debe a que el juicio de origen versó sobre una resolución emitida por una autoridad fiscal de una entidad federativa coordinada en ingresos federales, y el Estado de Chiapas no fue parte en dicho juicio. La ley establece que en estos casos, la legitimación para interponer el recurso de revisión fiscal recae únicamente en el Servicio de Administración Tributaria o en la entidad federativa si esta intervino como parte.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.