Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito· tema sin holding extraído
Temas. Cuando el contribuyente no exhibe los documentos o informes que la autoridad fiscal le requiere, se hace acreedor a la imposición de la multa que corresponda de conformidad con el artículo 40, fracción II, y para fijar su monto debe acudirse a la interpretación sistemática de ese numeral en relación con los artículos 85, fracción I, y 86, fracción I, todos del Código Fiscal de la Federación. La competencia de la autoridad fiscal que emitió el oficio que contiene la multa impuesta al quejoso, se encuentra debidamente fundada, aun cuando no contenga el artículo 63 del Código Fiscal de la Federación. Si la Sala responsable declaró la inexistencia de los mandamientos de ejecución debió declarar en los puntos resolutivos su nulidad en forma lisa y llana, al haber eliminado de la vida jurídica los actos impugnados
Expediente
143/2023
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito
Ponente
Gloria Avecia Solano
Fecha
3 ene 2024
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Temas. Cuando el contribuyente no exhibe los documentos o informes que la autoridad fiscal le requiere, se hace acreedor a la imposición de la multa que corresponda de conformidad con el artículo 40, fracción II, y para fijar su monto debe acudirse a la interpretación sistemática de ese numeral en relación con los artículos 85, fracción I, y 86, fracción I, todos del Código Fiscal de la Federación. La competencia de la autoridad fiscal que emitió el oficio que contiene la multa impuesta al quejoso, se encuentra debidamente fundada, aun cuando no contenga el artículo 63 del Código Fiscal de la Federación. Si la Sala responsable declaró la inexistencia de los mandamientos de ejecución debió declarar en los puntos resolutivos su nulidad en forma lisa y llana, al haber eliminado de la vida jurídica los actos impugnados
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