La determinación del valor en aduana de mercancías importadas, cuando se realiza conforme al método flexible del artículo 78 de la Ley Aduanera, exige que la autoridad exprese con precisión las razones de hecho que sustentan su conclusión, a fin de cumplir con la garantía de legalidad y debida motivación.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad de una resolución de la Aduana de Tijuana que determinó un crédito fiscal y la propiedad de un vehículo al Fisco Federal. La autoridad aduanera determinó el valor de la mercancía utilizando el método del artículo 78 de la Ley Aduanera, basándose en información de una página de internet. Sin embargo, el Tribunal consideró que la autoridad no motivó adecuadamente dicha determinación, al no precisar los datos específicos, el tipo de mercancía de referencia, ni la investigación de mercado realizada, dejando al contribuyente en estado de indefensión. Por lo anterior, se ordenó la devolución del vehículo.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.