Las cuotas por la expedición de copias simples y certificadas de documentos, así como por otros servicios relacionados con el acceso a información no especificada, deben guardar una relación razonable con el costo de los materiales y el servicio prestado, sin perseguir un fin lucrativo, para cumplir con los principios de proporcionalidad y equidad tributaria.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos contra diversas leyes de ingresos municipales de Durango. La CNDH argumentó que las tarifas por servicios de copiado y expedición de copias certificadas eran desproporcionadas e injustificadas, violando los principios de seguridad jurídica, legalidad, proporcionalidad y equidad tributaria. La Corte determinó que las cuotas establecidas no guardaban una relación razonable con los costos reales de los servicios, declarando la invalidez de los preceptos impugnados.
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