El desistimiento de la demanda de amparo y del recurso de revisión principal, por sí solo, extingue la materia del juicio de amparo, lo cual, en su caso, también extingue la materia del recurso de revisión adhesiva, al carecer de autonomía y seguir la suerte procesal del principal.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el desistimiento de la demanda de amparo y del recurso de revisión principal extingue la materia del juicio. En consecuencia, el recurso de revisión adhesiva, al carecer de autonomía y seguir la suerte del principal, también se declara sin materia. Esto se debe a que el interés de la parte adherente está sujeto a la resolución del recurso principal, y si esta es favorable, desaparece la condición para interponer la adhesión.
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