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SJF · Tesis

El Reglamento de la Ley Aduanera no es violatorio de las garantías de audiencia y seguridad jurídica contenidas en los artículos 14 y 16 constitucionales, al dar cumplimiento a las formalidades exigidas por la Ley Aduanera para la práctica de visitas domiciliarias.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1974
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El Reglamento de la Ley Aduanera no es violatorio de las garantías de audiencia y seguridad jurídica contenidas en los artículos 14 y 16 constitucionales, al dar cumplimiento a las formalidades exigidas por la Ley Aduanera para la práctica de visitas domiciliarias.

Resumen

La presente resolución analiza la constitucionalidad del Reglamento de la Ley Aduanera en relación con las visitas domiciliarias. Se determina que el reglamento no contraviene los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal, ya que la Ley Aduanera, a la cual está subordinado jerárquicamente, establece las formalidades necesarias para la práctica de dichas visitas, como la orden escrita, la entrega al visitado o su representante, y el levantamiento de un acta circunstanciada, garantizando así los derechos de audiencia y seguridad jurídica.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.