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1758/25-13-02-4NiegaTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Segunda Sala Regional en Veracruz EC3

La responsabilidad solidaria del patrón en el entero de las amortizaciones de créditos de vivienda ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores subsiste aun cuando existan embargos judiciales sobre los salarios de los trabajadores por concepto de pensión alimenticia, ya que dicha circunstancia no exime al patrón de su obligación de retener y enterar los descuentos correspondientes.

Expediente
1758/25-13-02-4
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
8 abr 2026
Materia
fiscal
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La responsabilidad solidaria del patrón en el entero de las amortizaciones de créditos de vivienda ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores subsiste aun cuando existan embargos judiciales sobre los salarios de los trabajadores por concepto de pensión alimenticia, ya que dicha circunstancia no exime al patrón de su obligación de retener y enterar los descuentos correspondientes.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa resolvió que la existencia de embargos por pensión alimenticia sobre los salarios de los trabajadores no exime a los patrones de su obligación de enterar las amortizaciones de créditos de vivienda al INFONAVIT. Se determinó que el catálogo de causales de aclaración del INFONAVIT es un instrumento administrativo de carácter procedimental y no genera efectos exonerativos. Por lo tanto, la responsabilidad solidaria del patrón subsiste, y no puede suspender unilateralmente el cumplimiento de la obligación fiscal por razones económicas o administrativas.

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