InvestigaciónDocumento
En línea
387/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Sexto Circuito, con residencia en La Paz, Baja California Sur

El laudo que niega el pago de la prima quinquenal, al no considerar que el trabajador cumplió con el requisito de antigüedad, es ilegal cuando se demuestra que el tiempo laborado en plazas de confianza sí computa para dicho efecto.

Expediente
387/2025
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Sexto Circuito, con residencia en La Paz, Baja California Sur
Ponente
Edwigis Olivia Rotunno de Santiago
Fecha
19 may 2026
Materia
laboral
Sentido

Holding · resolución sintética

El laudo que niega el pago de la prima quinquenal, al no considerar que el trabajador cumplió con el requisito de antigüedad, es ilegal cuando se demuestra que el tiempo laborado en plazas de confianza sí computa para dicho efecto.

Resumen

El tribunal federal concedió el amparo a los trabajadores contra un laudo que les negó el pago de la prima quinquenal. La negativa se basó en que no se consideró el tiempo laborado en plazas de confianza como parte de la antigüedad requerida. El tribunal determinó que dicho tiempo sí debe computarse para el cálculo de la prima quinquenal, declarando la ilegalidad del laudo y ordenando la reposición del procedimiento para que se consideren los periodos reclamados.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.