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147/2013NiegaTCC10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La defraudación fiscal equiparada se actualiza cuando el contribuyente declara ingresos menores a los realmente obtenidos, sin importar si la omisión se realiza a través de una declaración o por otros medios, siempre que exista engaño o aprovechamiento de errores en perjuicio del fisco federal.

Expediente
147/2013
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
16 jun 2014
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La defraudación fiscal equiparada se actualiza cuando el contribuyente declara ingresos menores a los realmente obtenidos, sin importar si la omisión se realiza a través de una declaración o por otros medios, siempre que exista engaño o aprovechamiento de errores en perjuicio del fisco federal.

Resumen

El criterio establece que la defraudación fiscal equiparada se configura cuando un contribuyente declara ingresos menores a los que realmente obtuvo, independientemente de si esta omisión se realiza mediante una declaración fiscal o por otros medios. Se enfatiza que la conducta es delictiva si existe engaño o aprovechamiento de errores que perjudiquen al fisco federal. El fallo analiza la acreditación de los elementos del delito, la responsabilidad del sentenciado y la correcta individualización de las penas, confirmando la sentencia condenatoria.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.