Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Decimoprimer Circuito· tema sin holding extraído
Artículo 27, fracción XI, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, vigente del uno de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2015, al limitar los gastos de previsión social, viola el principio de equidad tributaria contenido en la fracción IV del artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El artículo 28, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, vigente a partir del uno de enero de dos mil catorce, al limitar la deducción de las erogaciones que a su vez constituyan ingresos exentos para los trabajadores, no transgrede el principio de proporcionalidad.
Expediente
208/2016
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Decimoprimer Circuito
Ponente
Víctorino Rojas Rivera
Fecha
31 ago 2017
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Artículo 27, fracción XI, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, vigente del uno de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2015, al limitar los gastos de previsión social, viola el principio de equidad tributaria contenido en la fracción IV del artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El artículo 28, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, vigente a partir del uno de enero de dos mil catorce, al limitar la deducción de las erogaciones que a su vez constituyan ingresos exentos para los trabajadores, no transgrede el principio de proporcionalidad.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.