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652/2024ConcedeSCJNConcede parcial11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

Los recursos de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez son inembargables, salvo que el embargo sea para garantizar la pensión alimenticia de un menor de edad, y se realice en la proporción que permita la ley, sin afectar el fin social para el que fueron creados.

Expediente
652/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
9 jul 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

Los recursos de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez son inembargables, salvo que el embargo sea para garantizar la pensión alimenticia de un menor de edad, y se realice en la proporción que permita la ley, sin afectar el fin social para el que fueron creados.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la inembargabilidad de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Determinó que, si bien estos recursos tienen como finalidad asegurar una vejez digna, no son absolutamente inembargables. Se pueden embargar para garantizar el pago de pensiones alimenticias a menores de edad, siempre y cuando se respeten los límites y proporciones establecidos en la ley, y se priorice el interés superior de la infancia, sin trastocar el fin social de la subcuenta.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.