La limitación a la deducción de erogaciones estrictamente indispensables, como las cuotas de seguridad social a cargo de los trabajadores pagadas por el patrón, las aportaciones para fondos de pensiones o jubilaciones complementarias, y los gastos de previsión social, viola el principio de proporcionalidad tributaria al no atender a la capacidad contributiva real del causante.
El presente fallo aborda la constitucionalidad de diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente a partir de 2014, que limitan la deducción de ciertas erogaciones. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las restricciones impuestas a la deducción de cuotas de seguridad social a cargo de trabajadores pagadas por el patrón, aportaciones a fondos de pensiones complementarios y gastos de previsión social, resultan desproporcionales. Se consideró que estas limitaciones imponen una carga tributaria sin atender a la capacidad contributiva real de los contribuyentes, afectando así el principio de proporcionalidad tributaria.
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