La exigencia de exponer "hechos diferentes" en la orden de una nueva visita domiciliaria, tratándose de contribuciones y ejercicios ya revisados, constituye una formalidad esencial del procedimiento que, de no cumplirse, genera la nulidad de dicha orden, al ser un requisito indispensable para garantizar la seguridad jurídica del gobernado.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que cuando una autoridad fiscal pretende realizar una nueva visita domiciliaria a un contribuyente respecto de contribuciones y periodos ya revisados, es indispensable que en la orden se expongan los "hechos diferentes" que justifiquen esta nueva actuación. La falta de esta motivación, que es una formalidad esencial del procedimiento, genera la nulidad de la orden de visita, pues de lo contrario se vulnera la seguridad jurídica del contribuyente.
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