La caducidad de un registro marcario, declarada por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, es una resolución que puede ser impugnada a través del juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
El caso se relaciona con la solicitud de caducidad de un registro marcario. El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) declaró la nulidad del registro y la caducidad del procedimiento de caducidad. Posteriormente, se promovió un juicio de nulidad en contra de la caducidad del procedimiento decretada por el IMPI. La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la procedencia de este juicio de nulidad.
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