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SJF · Ejecutoria

El principio de inmediatez rige en el levantamiento de actas por irregularidades detectadas en mercancías de procedencia extranjera puestas a disposición de la autoridad aduanera por el Ministerio Público, debiendo iniciarse el procedimiento administrativo desde que se cuente con elementos para ejercer facultades de comprobación.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
11 may 2015
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El principio de inmediatez rige en el levantamiento de actas por irregularidades detectadas en mercancías de procedencia extranjera puestas a disposición de la autoridad aduanera por el Ministerio Público, debiendo iniciarse el procedimiento administrativo desde que se cuente con elementos para ejercer facultades de comprobación.

Resumen

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una contradicción de tesis entre Tribunales Colegiados respecto a la aplicación del principio de inmediatez en el procedimiento administrativo aduanero cuando la mercancía es puesta a disposición por el Ministerio Público. Se determinó que dicho principio sí es aplicable, obligando a la autoridad aduanera a iniciar el procedimiento y notificar al interesado desde el momento en que cuente con los elementos necesarios para ejercer sus facultades de comprobación, a fin de garantizar la seguridad jurídica del gobernado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.