La inaplicación de la fracción III de la Regla 1.4.14 de la Resolución Miscelánea de Comercio Exterior para 2018, declarada inconstitucional por la extinta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, debe prevalecer en el presente asunto al vulnerar los derechos de seguridad y certeza jurídica.
El presente asunto deriva de un juicio de nulidad contra el procedimiento de sustitución de la patente de agente aduanal, donde se impugnó la inconstitucionalidad de la fracción III de la Regla 1.4.14 de la Resolución Miscelánea de Comercio Exterior para 2018. El quejoso argumentó que dicha regla ya había sido declarada inconstitucional por la extinta Segunda Sala de la SCJN, vulnerando los artículos 14 y 16 constitucionales. El Tribunal Colegiado negó el amparo, pero en revisión, se analiza la procedencia de inaplicar la regla en cuestión.
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