La Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene la facultad de conocer de amparos en revisión de interés y trascendencia, de oficio o a petición de parte.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en ejercicio de sus facultades, puede conocer de asuntos en amparo en revisión que revistan un interés y trascendencia particulares. Esta facultad puede ejercerse de oficio o a petición de diversos órganos como los Tribunales Colegiados de Circuito, el Fiscal General de la República o el Ejecutivo Federal.
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