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276/2017SobreseeTCC10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la controversia constitucional 276/2017, determinó que la impugnación de omisiones de pago de recursos federales a municipios debe ser considerada oportuna mientras la omisión subsista, salvo que los pagos ya se hayan realizado, en cuyo caso el plazo de treinta días para impugnar se actualiza a partir de la realización de cada pago.

Expediente
276/2017
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
20 ene 2020
Materia
sin clasificar
Sentido
sobresee

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la controversia constitucional 276/2017, determinó que la impugnación de omisiones de pago de recursos federales a municipios debe ser considerada oportuna mientras la omisión subsista, salvo que los pagos ya se hayan realizado, en cuyo caso el plazo de treinta días para impugnar se actualiza a partir de la realización de cada pago.

Resumen

El Municipio de Tlaxiaco promovió controversia constitucional contra los Poderes Ejecutivo y Legislativo de Oaxaca por la retención de participaciones y aportaciones federales. La Suprema Corte analizó la oportunidad de la demanda, concluyendo que, si bien las omisiones de pago son impugnables mientras subsistan, en este caso los pagos ya se habían efectuado. Por ello, la oportunidad para impugnar se actualiza con cada pago individual, declarando extemporánea la demanda respecto a ciertos periodos y oportuna respecto a otros.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.