La adhesión a un recurso de revisión sigue la suerte procesal de éste, por lo que debe desecharse si el recurso principal es improcedente.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la adhesión a un recurso de revisión debe seguir la misma suerte procesal que el recurso principal. En este caso, el recurso de revisión fue desechado por no acreditarse el interés excepcional, lo que conllevó al desechamiento de la adhesión, pues esta última es improcedente si el recurso principal no cumple con los requisitos de procedencia.
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