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1406/24-18-01-4OtroTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Sala Regional en Tamaulipas

La compensación de oficio de un saldo a favor es ilegal cuando el crédito fiscal contra el que se pretende compensar no ha quedado firme, al no cumplirse con el requisito de exigibilidad y firmeza que establece el artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.

Expediente
1406/24-18-01-4
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
18 ago 2025
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La compensación de oficio de un saldo a favor es ilegal cuando el crédito fiscal contra el que se pretende compensar no ha quedado firme, al no cumplirse con el requisito de exigibilidad y firmeza que establece el artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.

Resumen

La Sala Regional del Golfo Norte declaró la nulidad de una resolución que autorizó la devolución de un saldo a favor, pero lo compensó de oficio contra un crédito fiscal previo. La Sala determinó que la compensación de oficio fue ilegal porque el crédito fiscal contra el que se pretendía compensar no se encontraba firme, ya que aún estaba sujeto a un medio de defensa. Por lo tanto, la autoridad fiscal debió haber devuelto el saldo a favor sin realizar la compensación.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.