La nulidad de un acto administrativo es para el efecto de que la autoridad resuelva la solicitud de permiso sanitario previo de importación, una vez que los órganos competentes legislen formal y materialmente en materia de comercialización, exportación e importación de productos que contengan derivados de la cannabis en concentraciones del 1% o menores de THC.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el expediente 95/2021, determinó que la nulidad de un acto administrativo debe tener como efecto que la autoridad resuelva la solicitud de Permiso Sanitario Previo de Importación. Esto se dará una vez que exista legislación formal y material sobre la comercialización, exportación e importación de productos con derivados de cannabis en concentraciones bajas de THC. Adicionalmente, la Corte exhorta a la Secretaría de Salud y a la COFEPRIS a armonizar la normatividad y diseñar políticas públicas para regular integralmente el cannabis y sus derivados, una vez que se cuente con la legislación aplicable.
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