La justicia de la unión no ampara ni protege a la persona moral quejosa, al confirmarse la sentencia recurrida que sobreseyó en el juicio.
El Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito confirmó la sentencia recurrida, la cual sobreseyó en el juicio. Por lo tanto, la justicia de la unión no amparó ni protegió a la persona moral quejosa, Aura Personal Rh, S.A. de C.V., declarando además sin materia la revisión adhesiva.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.