La nulidad de una resolución que niega la devolución de saldos a favor por concepto de impuestos debe decretarse para el efecto de que se realice la devolución solicitada, cuando la autoridad no fundó ni motivó adecuadamente su negativa, pues el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa carece de facultades para mejorar la fundamentación del acto impugnado.
El presente criterio establece que cuando una autoridad fiscal niega la devolución de un saldo a favor y dicha resolución es impugnada ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, si la resolución carece de la debida fundamentación y motivación, la Sala debe declararla nula para que se efectúe la devolución. Esto se debe a que el tribunal no puede suplir las deficiencias de la autoridad, ya que esta ya expresó su voluntad definitiva al emitir el acto de negativa.
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