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389/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

El desistimiento del recurso de revisión por parte del tercero interesado recurrente, previo al análisis de fondo de los agravios, provoca la improcedencia del juicio de amparo indirecto.

Expediente
389/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
GIOVANNI AZAEL FIGUEROA MEJÍA
Fecha
7 ene 2026
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El desistimiento del recurso de revisión por parte del tercero interesado recurrente, previo al análisis de fondo de los agravios, provoca la improcedencia del juicio de amparo indirecto.

Resumen

El quejoso impugnó la inconstitucionalidad del artículo 365, fracción IV, del Código Penal para el Estado de Nuevo León. Sin embargo, el tercero interesado recurrente desistió del recurso de revisión. Ante esta circunstancia, el Tribunal Pleno determinó que es innecesario abordar el estudio de los agravios, ya que el desistimiento previo al análisis de fondo genera la improcedencia del juicio.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.