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SJF · Tesis

La sentencia de fondo en un recurso de revisión fiscal y la que resuelve un juicio de amparo directo, promovidas simultáneamente, no pueden coexistir cuando en este último se plantea la inconstitucionalidad de leyes, pues el primer fallo causa ejecutoria y decide la controversia en definitiva, mientras que la segunda resolución, al admitir el recurso de revisión, puede ser objeto de impugnación.

Expediente
Tribunal
Ponente
Fecha
1 ene 2002
Materia
constitucional
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La sentencia de fondo en un recurso de revisión fiscal y la que resuelve un juicio de amparo directo, promovidas simultáneamente, no pueden coexistir cuando en este último se plantea la inconstitucionalidad de leyes, pues el primer fallo causa ejecutoria y decide la controversia en definitiva, mientras que la segunda resolución, al admitir el recurso de revisión, puede ser objeto de impugnación.

Resumen

El presente criterio establece la incompatibilidad entre una sentencia de fondo dictada en un recurso de revisión fiscal y una resolución de amparo directo promovido de forma simultánea, especialmente cuando en este último se cuestiona la constitucionalidad de leyes. La razón principal es que la sentencia de revisión fiscal adquiere firmeza y resuelve la controversia de manera definitiva, mientras que el amparo directo, al admitir un recurso de revisión, puede dar lugar a impugnaciones posteriores, generando una posible contradicción o duplicidad de resoluciones sobre el mismo asunto.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.