El Tribunal Federal de Justicia Administrativa es competente para conocer de juicios en los que se impugnan resoluciones que deciden recursos administrativos, pudiendo analizar la legalidad del acto original en la parte que afectó el interés jurídico del contribuyente, aun con conceptos de impugnación novedosos.
La Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa determinó que es competente para conocer del presente asunto, ya que la cuantía excede de 5000 veces el salario mínimo. Se analizó la legalidad de la resolución que confirmó un crédito fiscal por concepto de Impuesto al Valor Agregado, aplicando el principio de litis abierta, el cual permite al contribuyente plantear conceptos de impugnación novedosos o reiterativos respecto al acto original. Se consideró que el acuerdo de circunscripción territorial emitido por el Jefe del SAT se fundó en una cláusula habilitante, por lo que la competencia de las autoridades emisoras de la orden de visita y de la resolución determinante del crédito fiscal fue legalmente establecida.
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