La orden de visita domiciliaria debe expresar su objeto, el cual se satisface al indicar si la finalidad es verificar el cumplimiento de todas las obligaciones fiscales o si se limitará a una en particular, sin necesidad de enumerar exhaustivamente cada impuesto o obligación.
La tesis establece que una orden de visita domiciliaria debe especificar su objeto. Este requisito se cumple si la autoridad indica si la visita será general para revisar todas las obligaciones fiscales o específica para una sola. No es necesario detallar cada impuesto, ya que el personal actuante tiene facultades amplias para revisar la documentación contable y fiscal relacionada, siempre dentro de su competencia. Esto garantiza que el contribuyente conozca el motivo de la inspección y no quede en estado de indefensión, respetando el artículo 16 constitucional.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.