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80/2025ConcedeSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La facultad de imponer sanciones por responsabilidades administrativas graves cometidas por particulares corresponde a los Tribunales de Justicia Administrativa, no a los órganos internos de control.

Expediente
80/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
Fecha
14 may 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La facultad de imponer sanciones por responsabilidades administrativas graves cometidas por particulares corresponde a los Tribunales de Justicia Administrativa, no a los órganos internos de control.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió un amparo en el que se reclamó la inconstitucionalidad de los artículos 59 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. La empresa argumentó que dichos artículos, al facultar a los órganos internos de control para imponer sanciones de multa e inhabilitación, contravienen el artículo 109, fracción IV de la Constitución, que reserva dicha facultad a los Tribunales de Justicia Administrativa para el caso de responsabilidades administrativas graves. La Corte concedió el amparo, declarando la inconstitucionalidad de los preceptos reclamados por invadir la esfera competencial de los tribunales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.