La omisión de la autoridad de estudiar los agravios del tercero perjudicado no afecta los derechos del quejoso, quien carece de legitimación para impugnar conceptos de violación ajenos.
El presente caso aborda la situación en la que una autoridad ad quem omite el estudio de los agravios presentados por el tercero perjudicado. Se determina que esta omisión no genera perjuicio alguno para el quejoso, ya que este último no cuenta con la legitimación necesaria para interponer un concepto de violación que corresponde al tercero perjudicado. Por lo tanto, la falta de análisis de dichos agravios por parte de la autoridad no vulnera los derechos del quejoso.
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