La legitimación para interponer el recurso de reclamación en un juicio de controversia constitucional recae en el titular de la entidad pública que, conforme a su normativa interna, ostenta la representación y el ejercicio de las atribuciones del órgano técnico especializado.
En el presente recurso de reclamación, se analizó la legitimación del titular de la Auditoría Superior del Estado de Guerrero para interponerlo. Se determinó que, de acuerdo con el Reglamento Interior de la Auditoría Superior del Estado de Guerrero, el Auditor Superior es el titular y representante del órgano, por lo que está facultado para ejercer sus atribuciones, incluyendo la interposición de recursos legales. Por lo tanto, se consideró que el escrito de agravios fue presentado por quien legalmente correspondía.
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