Tribunal Colegiado de Apelación del Trigésimo Circuito, con residencia en Aguascalientes, Aguascalientes· tema sin holding extraído
Las actuaciones señaladas fueron recabadas por la autoridad fiscal como coadyuvante de la fiscalía federal, pero no son aquellas propias a la investigación del delito, que por mandato constitucional corresponde realizar o recabar exclusivamente al Ministerio Público Federal, por lo tanto, no interrumpen el plazo de la prescripción de la acción penal que hace valer el quejoso.
En las relatadas condiciones, al ser substancialmente fundados los conceptos de violación hechos valer, suplidos en su deficiencia, (sin necesidad de analizar el resto de los conceptos de violación esgrimidos ) lo procedente es con fundamento en los artículos 14 y 16 constitucionales, conceder el amparo y protección de la Justicia Federal al quejoso.
Expediente
18/2024
Tribunal
Tribunal Colegiado de Apelación del Trigésimo Circuito, con residencia en Aguascalientes, Aguascalientes
Ponente
José Alfredo Sánchez García
Fecha
31 jul 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Las actuaciones señaladas fueron recabadas por la autoridad fiscal como coadyuvante de la fiscalía federal, pero no son aquellas propias a la investigación del delito, que por mandato constitucional corresponde realizar o recabar exclusivamente al Ministerio Público Federal, por lo tanto, no interrumpen el plazo de la prescripción de la acción penal que hace valer el quejoso.
En las relatadas condiciones, al ser substancialmente fundados los conceptos de violación hechos valer, suplidos en su deficiencia, (sin necesidad de analizar el resto de los conceptos de violación esgrimidos ) lo procedente es con fundamento en los artículos 14 y 16 constitucionales, conceder el amparo y protección de la Justicia Federal al quejoso.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.