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387/2023OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación puede conocer de amparos en revisión de interés y trascendencia, de oficio o a petición fundada de diversos órganos.

Expediente
387/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
25 oct 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación puede conocer de amparos en revisión de interés y trascendencia, de oficio o a petición fundada de diversos órganos.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene la facultad de atraer asuntos de amparo en revisión que revistan interés y trascendencia. Esta facultad puede ejercerse de oficio o a solicitud del Tribunal Colegiado de Circuito, del Fiscal General de la República, o del Ejecutivo Federal, a través del Consejero Jurídico del Gobierno.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.