La sentencia dictada en el juicio de nulidad debe ser revocada si la Sala Fiscal omitió examinar la totalidad de los hechos controvertidos, pues debe pronunciarse al respecto.
Se establece que las sentencias del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa deben fundarse en derecho y examinar todos los puntos controvertidos. Si una sentencia omite analizar argumentos de la autoridad hacendaria que forman parte de la litis, debe revocarse para que la sala responsable dicte una nueva resolución que abarque todos los aspectos de la controversia.
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