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543/2026Juzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Querétaro

La procedencia del juicio de amparo indirecto contra la negativa de inscripción de un acto en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, se sujeta a la tramitación del recurso de revocación previsto en la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, salvo que se demuestre la improcedencia de dicho recurso.

Expediente
543/2026
Tribunal
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Querétaro
Ponente
Benjamín Rodríguez Cuéllar
Fecha
20 may 2026
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La procedencia del juicio de amparo indirecto contra la negativa de inscripción de un acto en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, se sujeta a la tramitación del recurso de revocación previsto en la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, salvo que se demuestre la improcedencia de dicho recurso.

Resumen

El presente asunto se relaciona con la negativa de inscripción de un acto en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. El juzgado determinó que, en principio, la vía correcta para impugnar dicha negativa es el recurso de revocación, conforme a la ley de la materia. Sin embargo, se concedió el amparo para el efecto de que se admita a trámite la demanda de amparo si se demuestra que el recurso de revocación es improcedente o ineficaz en el caso concreto.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.