La procedencia del recurso de revisión en amparo directo contra sentencias que resuelvan sobre la constitucionalidad de normas generales, o que establezcan la interpretación directa de un precepto constitucional, o que omitan decidir sobre tales cuestiones, está sujeta a que el asunto revista un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos, y la materia del recurso se limitará a la decisión de las cuestiones propiamente constitucionales.
El presente asunto versa sobre la procedencia del recurso de revisión en amparo directo, específicamente en relación con la inconstitucionalidad del artículo 185 de la Ley de Mercado de Valores. La quejosa argumenta que dicho precepto viola los principios de legalidad y seguridad jurídica al no delimitar claramente la acción a responsabilidad civil ni especificar a los legitimados para ejercerla. La Suprema Corte analiza los requisitos para la procedencia del recurso de revisión en amparo directo, enfatizando la necesidad de un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos y la limitación de la materia del recurso a cuestiones propiamente constitucionales.
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