La justicia de la Unión no ampara ni protege a la quejosa contra la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil diecinueve, en particular el artículo 25, fracciones VI, incisos a) y b), así como contra la Regla 2.3.19 de la Sexta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para dos mil dieciocho y la Regla 2.3.11 de la Resolución Miscelánea Fiscal para dos mil diecinueve y su Anexo 7, al resultar infundados, inoperantes e ineficaces los planteamientos de inconstitucionalidad y anticonstitucionalidad formulados.
El tribunal confirma la sentencia de amparo que negó la protección constitucional a la quejosa. La quejosa impugnó la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2019, específicamente el artículo 25, fracciones VI, incisos a) y b), así como diversas reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal. El tribunal determinó que los conceptos de violación expuestos por la quejosa resultaron infundados, inoperantes e ineficaces, por lo que negó el amparo y la protección solicitada.
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